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Oct

Mapa de zonificación turística en Mallorca

¿Quién puede alquilar su propiedad?

La ley establece que una nueva propiedad no tendrá licencia durante los primeros 5 años (después de la finalización) mientras no importa cuánto tiempo ya es propiedad del propietario correspondiente. El comprador, que compra una propiedad en una zona que permite el alquiler vacacional y que tiene más de 5 años, puede solicitar una licencia inmediatamente. Ahora como antes, debe cumplir con los estrictos requisitos del gobierno regional y adquirir la plaza turística.

Quienes ya cuentan con una licencia: no cambia nada, puesto que se respetan los derechos adquiridos. Un mismo propietario puede alquilar un máximo de tres inmuebles.

¿Qué tipos de inmuebles se pueden alquilar?

Se pueden alquilar viviendas unifamiliares, pero también apartamentos vacacionales en viviendas plurifamiliares, siempre que el resto de propietarios no se oponga y los inmuebles estén ubicados en una de las zonas autorizadas.

¿Qué tiene que ofrecer el inmueble?

Para poder alquilar el inmueble, en primer lugar debe disponer de una cédula de habitabilidad y del certificado de eficiencia energética. La vivienda social está excluida. Otro requisito es que haya un baño para cada cuatro plazas turísticas y, en el caso de un apartamento vacacional en una vivienda plurifamiliar, que cuente con contador propio de electricidad y agua. En aquellas zonas en las que existen restricciones para el alquiler vacacional, debe ser la residencia principal del propietario. Sin embargo, estas normativas solo afectan a los inmuebles que hasta ahora aún no disponían de licencia oficial para arrendar. En otro caso es necesario solicitar nueva licencia.

¿Dónde se pueden alquilar los inmuebles?

El plan de zonas llamado PIAT es la base de la Ley General Turística: distingue claramente entre las áreas saturadas por turistas y las que pueden admitir algunos huéspedes más; aquí se permite el alquiler turístico durante todo el año. Hay algunas áreas en las que el alquiler está completamente prohibido, por ejemplo, las viviendas vacacionales en la playa de Palma o concretamente desde Es Carnatge (Can Pastilla) hasta el límite municipal de S’Arenal en Llucmajor, igual que en las zonas de conservación paisajística y en las zonas industriales y económicas.

Además, hay otros lugares considerados «sensibles», entre los que se incluyen unas 31 áreas, como determinadas secciones de Deià, Pollensa, Sóller, Ses Salines, y también en suelo rústico común, donde el alquiler también está limitado. En los lugares sensibles y en los lugares «saturados» se aplica la regla de 60 días; es decir, estos inmuebles se pueden alquilar por un máximo de dos meses al año. Este es el caso, por ejemplo, en la zona costera cerca de Palma como en el suroeste Palmanova, Magaluf, Santa Ponça y Peguera y en el sureste S’Arenal, Cala Blava o Son Verí Nou.

La ciudad de Palma está excluida del plan de zonas, puesto que el Ayuntamiento ha presentado su propia normativa, por la que se aplica lo siguiente: se prohíbe el alquiler de viviendas en edificios de viviendas plurifamiliares y se permite en las viviendas unifamiliares. Consulte el plan de zonas con las diferentes zonas codificadas por color y el desglose correspondiente en: http://www.isproperties.es/zonificacion-mallorca.pdf

¿Cómo consigo una licencia?

El procedimiento sigue siendo muy complicado. La vivienda vacacional debe estar ubicada en una zona donde el alquiler esté permitido de acuerdo con el plan de zonas. En primer lugar hay que solicitar el certificado correspondiente al municipio responsable. Si se trata de una vivienda en un edificio plurifamiliar, la junta de propietarios debe aprobar primero el alquiler.

A continuación se puede solicitar una licencia a la Consellería de Innovación, Investigación y Turismo del Gobierno balear. Una vez concedida la licencia, se asigna un número de registro para la propiedad que se va a alquilar.

Posteriormente, es preciso adquirir las plazas turísticas individuales y, por último pero no menos importante, se debe presentar en la Dirección General de Turismo (del Ministerio de Turismo) una Declaración Responsable de Inicio de Actividad o DRIAT. A partir de ese momento, se puede alquilar oficialmente.

En el futuro, los usuarios podrán comprobar si se cumple la normativa mediante una aplicación: con el nombre «verificació lloguer turístic Mallorca», el turista puede comprobar con el número de registro si el alquiler está autorizado. De lo que no hay duda es que las autoridades ejercerán un mayor control.

¿Cuánto cuesta poder alquilar?

Si ha conseguido el número de registro para el inmueble, debe pagar por cada plaza ofrecida en la propiedad. Una plaza en una casa unifamiliar cuesta 3.500 €, una plaza en un apartamento vacacional 875 €. En el caso de viviendas dentro de la normativa de 60 días, la plaza turística cuesta 291,67 €. Se permite el pago a plazos. Finalmente, surge la pregunta:

¿Qué pasa con la licencia cuando vendo el inmueble?

Las licencias tienen diferentes períodos de validez. Las nuevas licencias de las casas vacacionales son perpetuas y, por lo tanto, se pueden vender. Por otro lado, los apartamentos vacacionales a los que se les ha sido concedido por primera vez una licencia, esta está limitada a cinco años, momento en que hay que devolver las licencias. Dado que el Gobierno de Baleares tiene la intención de reducir el número total de plazas turísticas a medio plazo, las plazas devueltas no se asignarán de nuevo. Actualmente, la ley establece un límite de 430.000 plazas en Mallorca, de las cuales 115.000 son para alquileres vacacionales y el resto (315.000) para hoteles.